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De acuerdo con las exigencias recogidas en la Ley de Protección de Datos y su Reglamento, es necesaria la adecuación de las empresas a la LOPD, debiendo realizar las siguientes actuaciones.

punto1.- Inscripción de los ficheros existentes en el Registro General de Protección de Datos. La resolución será remitida a la empresa en el plazo aproximado de un mes por correo ordinario.

punto2.- Creación de un DOCUMENTO DE SEGURIDAD, Plan de Seguridad, en el que se describe el modo en que activamente se da cumplimiento a todos los mecanismos de seguridad, tanto técnicos como procedimentales, del Reglamento de desarrollo de la LOPD (RLOPD, Real Decreto 1720/2007), incluyendo, por ejemplo, una amplia descripción de los ficheros, usuarios con permiso de acceso, etc.

punto3.- Elaboración un manual DATA USE POLICY, con unos anexos que deben firmar cada uno de los trabajadores de la empresa, en presencia como testigo del Responsable de Seguridad ( se adjunta por duplicado el manual y los contratos de cada uno de los trabajadores de la empresa).

punto4.-Formación específica para el Responsable de Seguridad.protección epoint

punto5.-Elaboración de contratos, tal y como establece el art. 12 de la Ley  con las diferentes empresas que tienen relación la empresa, que pueden tener acceso a los datos de carácter personal. Se incluye un contrato tipo para cualquier empresa.

punto6.- Elaboración de una carta tipo para los clientes y proveedores donde se les informa de la posibilidad de ejecutar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en relación con sus datos personales y el tratamiento de los mismos, por la empresa.

punto7.- Establecimiento del Protocolo de contraseñas y copias de seguridad.  

 

DOCUMENTACION REALIZADA POR:

Doctora Doña Mª Rocío Martín Jiménez

CAM Nº 44.233  Profesora Adjunta Universidad CEU San Pablo

 

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